EL SENADO APROBÓ LA LEY DE PROPIEDAD PRIVADA CON DESALOJO EXPRÉS, PERO LE SACÓ DOS CAPÍTULOS

Se aprobó. Pero no como había entrado. El Senado le dio media sanción a la ley de propiedad privada con desalojo exprés — y LLA tuvo que resignar dos capítulos clave para conseguir los votos.

Buenos Aires, 7 de agosto de 2026.

El Senado le dio media sanción —y sanción definitiva en los capítulos que sobrevivieron— al proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, la iniciativa que impulsa el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, y que ordena un nuevo régimen de desalojos exprés para acelerar la restitución de viviendas, campos y terrenos ocupados. Pero la foto del oficialismo festejando esconde la letra chica: la ley que salió del recinto no es la que había entrado.

Para juntar los votos, La Libertad Avanza tuvo que resignar dos capítulos que eran, justamente, los que más ruido hacían. Ayer bajó del texto la reforma sobre compra de tierras por parte de extranjeros; hoy, sobre la hora, cedió también las modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego. La traducción política es directa: el Gobierno se llevó el título que quería —”aprobamos la propiedad privada”— a cambio de resignar el articulado que no tenía blindado. Un canje que, en la rosca, se lee menos como triunfo que como administración de una debilidad.

Qué cambia con el desalojo exprés

Lo que quedó en pie apunta al corazón del reclamo que el oficialismo viene capitalizando desde la campaña. En los casos de inmuebles usurpados o tenedores precarios, el juez podrá disponer la entrega inmediata del bien si el derecho invocado resulta verosímil y media caución juratoria. A pedido del propietario —que deberá acreditar la titularidad con prueba documental— el magistrado podrá intimar la devolución dentro de las 72 horas.

Para los inquilinos morosos, el esquema es otro: el propietario deberá notificar la deuda y otorgar un plazo mínimo de 10 días corridos para regularizar el pago. Si el incumplimiento persiste, la acción de desalojo se ejecutará en 10 días hábiles. La norma incorpora un resguardo: cuando haya menores o personas en situación de desamparo, el juez estará obligado a dar intervención a los organismos de protección y al Ministerio Público Tutelar.

Expropiaciones más caras para el Estado

El capítulo de expropiaciones es, quizás, el más ideológico. La declaración de “utilidad pública” deberá interpretarse de manera restrictiva y el Estado tendrá que fundamentar cada medida. Se fija un tope del 30% a la indemnización por lucro cesante y —el punto más filoso— no habrá transferencia del bien sin el pago previo de la indemnización, aunque el Estado podría pedir la posesión anticipada. Es, en los hechos, encarecer y ralentizar la capacidad expropiatoria del propio Estado: coherente con el programa de desregulación que Sturzenegger viene ordenando pieza por pieza.

El texto también habilita la presentación de documentos digitales en los Registros de la Propiedad de todo el país y retoca la ley “Pierri” de regularización dominial, para que las familias con posesión pública durante los diez años previos puedan acceder a la escritura de su vivienda única.

La lectura de fondo

Que buena parte del andamiaje pase por los jueces no es un detalle menor en un momento en que el Poder Judicial le viene marcando la cancha al ajuste. Y que Milei convierta la propiedad privada en bandera confirma un patrón: su capital político no se construye repartiendo plata, sino repartiendo pertenencia e identidad. El desalojo exprés no es solo una reforma procesal. Es, rumbo a 2027, un símbolo. Y los símbolos, en esta gestión, valen tanto como los votos.

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